TITULO IV
PATRIMONIO SOCIAL DE LA ASOCIACION
ARTICULO NOVENO
El patrimonio social está constituido por:
a) Las aportaciones ordinarias y extraordinarias de los socios y los intereses capitalizados.
b) Los aportes que se puedan recibir en calidad de regalía, adjudicación, donación y de las actividades propias de la asociación.
c) El fondo de reserva y los que se apruebe constituir para fines específicos.
d) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a título oneroso o gratuito.
e) Las aportaciones ordinarias o extraordinarias, serán acordadas en Asamblea General estableciéndose el monto y período de pago.
f) Los demás ingresos por publicaciones, actividades, congresos y demás que consten en sus libros e inventarios.
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